viernes, 1 de mayo de 2020

Debate en lugar de pugna


Debate en lugar de pugna.

José Antonio Robledo y Meza
Colegio de Filosofía, FFyL-BUAP
wa: 2223703233

El asunto en torno al Hospital Universitario de la BUAP –en este contexto del Covid-19- se ha ventilado con exceso de calificaciones y descalificaciones al margen de lo sustancial. Se han privilegiado las firmas por encima de una discusión que de claridad sobre las posibles opciones que deben considerar las autoridades que tienen que tomar decisiones para resolver los problemas en el sistema de salud.

Establecer algunas cuestiones que deben debatirse en el contexto delos problemas de sanidad es el objetivo de esta primera reflexión.

En primer lugar el ámbito del debate no es el de la ética sino el de la bioética en el campo de la medicina. La ética médica trata los problemas planteados por la práctica de la medicina mientras que la bioética es un tema más amplio que aborda los problemas morales derivados de los avances en las ciencias biológicas en general. No se trata de debatir en torno a las profesiones sanitarias; tampoco al respecto de la investigación científica, en particular la investigación biomédica y biotecnológica; tampoco sobre las relaciones ecológicas; se excluyentambién del debate lo relativo a la influencia social y política de las cuestiones anteriores; tampoco abordaremos los temas de la neuroética. No porque estos asuntos no sean importantes, que lo son, sino porque requieren de un espacio mucho mayor que con el que disponemos.

De los cuatro aspectos de la bioética –clínica, normativa, cultural y teórica (meta-bioética)- solo abordaremos algunos aspectos de esta última.

Se trata de explicitar los principios para la conducta más apropiada con respecto a la dignidad de la persona en el contexto de un programa de salud pública. Esto porque el criterio ético fundamental que regula a la bioética es el respeto al ser humano, a susderechosinalienables,a su bien verdadero e integral.Esta cuestión tiene por marco el concepto de persona.

Cuatro son los principios de la bioética: autonomía, no maleficencia, beneficencia y justicia. Estos principios son vinculantes (obligatorios) siempre y cuando no colisionen entre ellos, en cuyo caso habrá que dar prioridad a uno u otro, dependiendo del caso. Deben ser especificados para aplicarlos a los análisis de los casos concretos, o sea, deben ser discutidos y determinados por el caso concreto a nivel casuístico.

Principio de autonomía.
La autonomía expresa la capacidad para darse normas o reglas a uno mismo sin influencia de presiones. El consentimiento informado es la máxima expresión de este principio de autonomía, constituyendo un derecho del paciente y un deber del médico, pues las preferencias y los valores del enfermo son primordiales desde el punto de vista ético y suponen que el objetivo del médico es respetar esta autonomía porque se trata de la salud del paciente. Esto incluye la decisión del paciente para elegir la muerte frente al dolor.

Principio de justicia
Tratar a cada uno como corresponda, con la finalidad de disminuir las situaciones de desigualdad (ideológica, social, cultural, económica, etc.). En nuestra sociedad, aunque en el ámbito sanitario la igualdad entre todos los hombres es sólo una aspiración, se pretende que todos sean menos desiguales, por lo que se impone la obligación de tratar igual a los iguales y desigual a los desiguales para disminuir las situaciones de desigualdad.
El principio de justicia puede desdoblarse en dos: un principio formal (tratar igual a los iguales y desigual a los desiguales) y un principio material (determinar las características relevantes para la distribución de los recursos sanitarios: necesidades personales, mérito, capacidad económica, esfuerzo personal, etc.).
Las políticas públicas se diseñan de acuerdo con ciertos principios materiales de justicia. En el sistema de salud poblano la asistencia sanitaria deberá basarse en el principio de necesidad y, por lo tanto, debe ser universal y gratuita.

Principio de beneficencia
Obligación de actuar en beneficio de otros, promoviendo sus legítimos intereses y suprimiendo prejuicios. En medicina, promueve el mejor interés del paciente pero sin tener en cuenta la opinión de este. Es decir "todo para el paciente pero sin contar con él".

La relación médico-paciente se basa fundamentalmente en los principios de beneficencia y de autonomía, pero cuando estos principios entran en conflicto, a menudo por la escasez de recursos, es el principio de justicia el que debe entrar en juego para mediar entre ellos. En la política sanitaria pública debe basarse en el principio de justicia.

Principio de no maleficencia
Abstenerse intencionadamente de realizar actos que puedan causar daño innecesariamente o perjudicar a otros.

Con lo expuesto anteriormente el criterio subordinante para decidir si el Hospital Universitario de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla debe o no ser incluido entre las unidades que atiendan exclusivamente a los pacientes con la enfermedad del Coronavirus es el principio de justicia y debe incluirse si cuenta con las condiciones para prestar este servicio; sino debe acatar la decisión de la autoridad sanitaria establecida por la Ley General de Salud en el contexto de la práctica de salud pública que no es la práctica de la medicina cotidiana.

De qué deliberaciones se desarrollaron para justificar la toma de decisión y del papel que debería jugar el Hospital Universitario es lo que la autoridad debe informar. Ya vendrá el momento de enjuiciar a los responsables de quienes intervinieron en la toma de decisiones. Estas personas estarán obligadas a responder cuando, pasada la epidemia, se les pida cuentas delos actos que realizaron en nuestro nombre. Así pues, este debate deberá continuar cuando deliberemos los resultados después de pasada la pandemia. Se tratará de averiguar cómo participaron, cómo hemos de llamar esta participación y qué nos parece, y deliberar sobre lo que proceda hacer con ellos.


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