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martes, 13 de febrero de 2024

El amor y la justicia en la construcción de la Fraternidad Universal

El amor y la justicia en la construcción de la Fraternidad Universal

José Antonio Robledo y Meza

 

Amor y justicia son conceptos complejos y multifacéticos y su relación multiplica estas características. Sin embargo, podemos señalar que ambos conceptos están relacionados con la forma en que los individuos interactúan entre sí y con la sociedad en su conjunto, y ambos tienen implicaciones importantes para la forma en que se construyen las relaciones sociales.

El amor y la justicia son dos caras de la misma moneda. El amor se relaciona con la compasión, la empatía y el cuidado por los demás, mientras que la justicia se enfoca en la equidad, la imparcialidad y el respeto por los derechos humanos. Todos estos valores buscan construir relaciones basadas en el respeto, la igualdad y la dignidad humana.

El amor y la justicia a menudo se complementan entre sí. El amor puede ser una fuerza motivadora para luchar por la justicia social y trabajar en la eliminación de las desigualdades y la discriminación. Del mismo modo, la justicia puede ser un medio para fomentar la construcción de relaciones más amorosas y respetuosas, en las que los derechos y necesidades de cada individuo sean tomados en cuenta.

También es importante reconocer que el amor y la justicia pueden entrar en conflicto en algunas situaciones. Por ejemplo, puede haber momentos en los que la búsqueda de la justicia requiere tomar decisiones difíciles que pueden herir a las personas que se aman. En estos casos, es importante buscar un equilibrio entre estos valores y tomar decisiones justas, pero también consideradas.

En resumen, la relación entre el amor y la justicia es compleja y multifacética, y ambos conceptos son importantes para la construcción de relaciones humanas basadas en el respeto, la igualdad y la dignidad humana, esto es, la construcción de la Fraternidad Universal.

 

robledomeza@yahoo.com.mx

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jueves, 25 de enero de 2024

La lógica de la justicia

La lógica de la justicia

José Antonio Robledo y Meza

Para Raúl Manzano Jiménez

 

¿Qué tipo de objeto es la justicia? ¿Qué queremos comunicar cuando hablamos de justicia? ¿A qué nos referimos -relación con el mundo objetivo- cuando hablamos de justicia?

En primera instancia debe aceptarse que la justicia no es un objeto material como, por ejemplo, el teclado, la manzana y la taza de café que tengo frente a mí en estos momentos. Tampoco es una sensación como el dolor, el placer o pensamientos que a veces tenemos.

Si la justicia no es un objeto material ni una sensación, entonces ¿qué es? La justicia es un objeto intelectual y producto humano que tiene como fuente el pensar y la información cultural. Es un concepto abstracto, que se atribuye a cierto tipo de relaciones humanas.

Como concepto abstracto la justicia es un objeto autónomo construido filosóficamente como fundamento, axioma de toda sociedad, de todo Estado. Es un concepto que no se apoya en otro concepto. La justicia es un concepto fuente de toda obligación moral. La justicia no es sujeto; es un objeto construido por un sujeto colectivo -los filósofos-  desde Platón hasta Nozick y Rawls, por ejemplo.

Filosóficamente el término “justicia” tiene dos significados principales. Uno se refiere al orden de las relaciones humanas, la justicia como conformidad de la conducta a una norma. Es el orden social organizado jurídicamente.

El otro significado se refiere a la conducta de quienes se ajustan a ese orden; es el orden moral de una sociedad expresado en la conducta cotidiana de sus ciudadanos. De esta manera, la justicia se expresa en un conjunto de pautas, criterios y reglas que establecen un marco jurídico entre las relaciones de personas e instituciones, autorizando, prohibiendo y permitiendo acciones específicas entre ellas. Este marco jurídico debe fundamentarse de dos maneras: cultural y formalmente. Entendiendo por cultura al amplio consenso en los individuos de una sociedad sobre lo bueno, lo malo y otros aspectos prácticos de como deben organizarse las relaciones entre personas. En el plano formal es el codificado en varias disposiciones escritas (Constitución, leyes y reglamentos) aplicadas por jueces y personas. Personas en situación de desigualdad que tratan de ser imparciales.

La justicia es un concepto necesario en sociedades donde el conflicto entre los miembros e instituciones de la sociedad son inevitables.

Un espacio especial requiere la reflexión en torno a la justicia distributiva, esto es, a lo justo o correcto respecto a la asignación de bienes en una sociedad. Esta reflexión ha avanzado a partir de los siguientes principios:

1) Principio de realidad: solo el individuo que piensa o siente es real, pero no son reales los colectivos imaginados. Solo las personas reales (individuos) son los lícitos depositarios de derechos reales.

2) Principio de no agresión, esto es, las relaciones sociales deben ser voluntarias.

De estos principios se han derivado dos teorías de justicia distributiva: natural, por un lado y la impuesta desde una autoridad abstracta, por otro.

En conclusión, la justicia es un ideal que nace de la necesidad de resolver conflictos, mantener la armonía entre los integrantes de una sociedad y forma parte de la racionalidad crítica tanto de creencias como de conductas, tanto de personas como de instituciones. La justicia es una virtud principal ya que sobre ella giran la vida moral.

 

robledomeza@yahoo.com.mx

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sábado, 23 de diciembre de 2023

La justicia y el orden social

La justicia y el orden social

José Antonio Robledo y Meza

 

Hans Kelsen escribe un ensayo intentando responder a la pregunta ¿Qué es la justicia? Para responderla trata de responder otras relacionadas con ella: ¿Qué es la verdad? ¿Qué es la felicidad? ¿Cuándo es justo un orden social determinado? ¿Qué intereses ostentan el valor de la justicia y cuál es la jerarquía de esos valores? ¿Qué es preferible, un sistema económico libre o una economía planificada? ¿Puede un legislador que sirva para algo encontrar una mentira más útil que ésta (“es absolutamente preciso que los ciudadanos sometidos a la ley crean en la verdad de la frase que afirma que sólo el justo es feliz”, Platón dixit) o alguna otra que pueda lograr en forma más efectiva que los ciudadanos, en libertad y sin coacción, se conduzcan rectamente? ¿Cuál es la pena justa, la de muerte o la de prisión? ¿Qué es lo bueno? "¿Qué es lo malo? ¿Qué puede considerar cada cual como «suyo» realmente? ¿Cuál es el orden justo? ¿Cuáles son las capacidades de cada uno, para qué tipo de trabajo es apto y qué quantum de trabajo puede pretenderse que realice de acuerdo a sus capacidades naturales? ¿Cuáles son las necesidades que pueden ser satisfechas? ¿Cuáles son las normas que podemos o debemos desear sean obligatorias para todos? ¿Qué es un vicio? ¿Qué es una virtud? ¿Qué es la injusticia? ¿Cuál es la moral de la teoría del derecho natural, filosofía relativista de la justicia? ¿Acaso tiene una moral? ¿O se trata tal vez de un relativismo amoral o inmoral, como muchos sostienen? ¿Puede permanecer tolerante la democracia cuando tiene que defenderse de ataques antidemocráticos? ¿Qué es preferible, un sistema económico libre o una economía planificada?

En este ensayo Kelsen hace aparecer a seis filósofos: Platón, Aristóteles, Roberto Filmer, Kant, John Locke y Jeremías Bentham. También da repaso a los 16 principios siguientes: el que garantiza la libertad individual; “a cada cual lo suyo”, “bien por bien, mal por mal”, el de igualdad, el de la igualdad ante la ley, el de juridicidad o legalidad, el “de cada uno según sus capacidades, a cada uno según sus necesidades”, el de causalidad, el de tolerancia, el democrático, el de responsabilidad colectiva y su opuesto el de la responsabilidad individual, los principios contrarios “de represalia” y “amor”, y finalmente el de justicia.

Quién lee el ensayo ¿Qué es la justicia? de Kelsen encuentra en el tercer párrafo lo siguiente:

“No hubo pregunta alguna que haya sido planteada con más pasión, no hubo otra por la que se haya derramado tanta sangre preciosa ni tantas amargas lágrimas como por ésta; no hubo pregunta alguna acerca de la cual hayan meditado con mayor profundidad los espíritus más ilustres, desde Platón a Kant. No obstante, ahora como entonces, carece de respuesta. Tal vez se deba a que constituye una de esas preguntas respecto de las cuales resulta válido ese resignado saber que no puede hallarse una respuesta definitiva: sólo cabe el esfuerzo por formularla mejor.”

Kelsen, después de más 100 párrafos, remata su ensayo afirmando lo siguiente:

“Comencé este estudio con el interrogante: "¿qué es la justicia?"

“Ahora, al llegar a su fin, me doy perfectamente cuenta que no lo he respondido. Mi disculpa es que en este caso me hallo en buena compañía. Sería más que presunción de mi parte hacerles creer a mis lectores que puedo alcanzar aquello que no lograron los pensadores más grandes. En rigor, yo no sé ni puedo decir qué es la justicia, la justicia absoluta, ese hermoso sueño de la humanidad. Debo conformarme con la justicia relativa: tan sólo puedo decir qué es para mí la justicia. Puesto que la ciencia es mi profesión y, por lo tanto, lo más importante de mi vida, la justicia es para mí aquello bajo cuya protección puede florecer la ciencia y, junto con la ciencia, la verdad y la sinceridad. Es la justicia de la libertad, la justicia de la paz, la justicia de la democracia, la justicia de la tolerancia.”

El ensayo ¿Qué es la justicia? de Hans Kelsen, de 9,660 palabras es una lectura obligatoria para participar en el próximo debate con el objetivo de mejorar el sistema de justicia en México.

Si algún lector quisiera participar en el seminario ¿Qué es la justicia?, que coordinaré en febrero próximo, solicitar más información en el WhatsApp proporcionado abajo.

 

robledomeza@yahoo.com.mx

WA: 2223703233

 

domingo, 14 de mayo de 2023

La dialéctica entre ley, justicia y autoridad

La dialéctica entre ley, justicia y autoridad

José Antonio Robledo y Meza

 

El debate entre los poderes ejecutivo, legislativo y judicial que en México se ha abierto nos permite reflexionar sobre los tres conceptos fundamentales de este diálogo: ley, justicia y autoridad.

¿Cuál es la lógica de la ley, la justicia y la autoridad? Esta son cuestiones que analizaremos en forma de preguntas:

1) ¿qué es la ley y hay tipos distintos? Si hay distintos tipos ¿cómo llamar a cada uno de ellos? Si nos interesa, y solo después de responder a las preguntas anteriores, abordaremos la cuestión siguiente: ¿cómo evaluaremos cada tipo de ley?

2) ¿qué es la justicia, hay tipos distintos? Si hay distintos tipos ¿cómo llamar a cada uno de ellos? Si nos interesa, y solo después de responder a las preguntas anteriores, abordaremos la cuestión siguiente: ¿cómo evaluaremos cada tipo de justicia?

3) ¿qué es la autoridad, hay tipos distintos? Si hay distintos tipos ¿cómo llamar a cada uno de ellos? Si nos interesa, y solo después de responder a las preguntas anteriores, abordaremos la cuestión siguiente: ¿cómo evaluaremos cada tipo de autoridad?

Son cuatro las premisas de las cuales partimos para la reflexión en torno a la lógica de la ley, la justicia y la autoridad:

Premisa 1: antes que nada, debemos aceptar que la lógica es una teoría de las relaciones más generales y simples que se dan entre las cosas; la lógica no es simplemente una técnica de la argumentación. Es mediante la palabra (logos) que puede esclarecerse el significado de los conceptos de ley, justicia y autoridad; hay que hacerlo así porque la palabra -el logos- comunica, el logos se refiere a lo que se lee, se transmite, lo que es dicho. De esta manera, ¿qué queremos comunicar, a qué nos referimos cuando hablamos de ley, justicia y autoridad y a qué nos referimos cuándo hablamos de la soberanía del pueblo?

Premisa 2: la constitución y las leyes pertenecen al mundo de los objetos físicos, establecen relaciones en el mundo real.

Premisa 3: la justicia pertenece al mundo de las experiencias subjetivas, al mundo de los procesos mentales, conscientes o inconscientes de donde irradian las sensaciones de dolor, placer y pensamiento.

Premisa 4: la autoridad es un concepto productos de la mente humana, pertenece al mundo donde se analizan los procesos mentales pertenece a la información trasmitida culturalmente. Este mundo es más importante que el de las leyes y la justicia ya que en aquél se llevan a cabo los razonamientos, los conceptos e ideas.

Dicho lo anterior repasemos lo que dice el diccionario de la Lengua Española con respecto a la ley, la justicia y la autoridad.

1) Ley: son preceptos dictados por la autoridad competente, en que se manda o prohíbe algo en consonancia con la justicia y para el bien de los gobernados.

2) Justicia: Principio moral que lleva a determinar que todos deben vivir honestamente. Conjunto de todas las virtudes. Aquello que debe hacerse según derecho o razón.

3) Autoridad: Potestad, facultad, legitimidad.

Si consideramos el nivel de abstracción de los tres conceptos mencionados, notaremos que el concepto más abstracto es el de autoridad y el más concreto es el de ley. Así pues, pasemos a analizar el concepto de autoridad.

¿Qué es la autoridad? ¿Cómo podemos distinguir la autoridad del autoritarismo? ¿Qué debe entenderse por autoridad? ¿Cómo distinguir los estilos de conducción basados en la autoridad o el autoritarismo? ¿Por qué tal directivo pone el acento en lo pedagógico, en la trasmisión de experiencias, pero sobre todo mostrando con su conducta la autoridad que se le reconoce?

La palabra autoridad procede del verbo latino auctor (ayudar a crecer). El Diccionario de uso del español de María Moliner, establece que autoridad es un atributo (propiedad) del gobierno y personas que lo representan por el cual pueden dictar disposiciones o resoluciones y obligan a cumplirlas. Y especifica que son personas que, por razón de su situación, de su saber o de alguna cualidad o por el consentimiento de los que voluntariamente se someten a ellas. ¿Qué hace que las personas con autoridad hagan creíble las proposiciones que trasmiten?  Las proposiciones son creíbles y acatadas solo si se dan en el contexto de un campo ternario ya que las proposiciones pueden analizarse a partir de tres términos: el portador de la autoridad, el sujeto que acepta esa autoridad y el ámbito de legitimidad de esa autoridad. Entonces la autoridad es un hecho que se da en una relación ternaria, y señala que es una relación triádica.

Para definir AUTORIDAD, antes que nada, deben responderse a qué género o categoría de objetos pertenece. Partamos de tres categorías:

1) la de las cosas, que incluye seres de carácter autónomo (palabras como fruta, cuerpo, mano, garra) que no se apoya en otro concepto;

2) La de las propiedades, que se refiere a las cualidades de algo (la altura de una montaña, la inteligencia de alguien, el color de una silla);  

3) la categoría de las relaciones, que no son nombres absolutos sino relativos (la palabra padre, en tanto para ser nombrado padre, debe esta palabra estar en relación con la palabra hijo, pues sin categoría relacional se perdería la significación). La palabra autoridad entra en la categoría relacional sin dejar de estar en la de las propiedades. (Por ejemplo, un profesor detenta autoridad por determinados atributos: saber, presencia, carisma, etc.)

Es importante insistir que dentro de la categoría de las relaciones siempre hay tres términos relacionados: el portador de la autoridad, el sujeto que acepta esa autoridad y el ámbito de legitimidad de esa autoridad. Siempre hay una relación triádica que está subordinada al concepto que las relaciona: por ejemplo, el concepto docencia involucra tres elementos: alguien que enseña (el docente como agente), algo que se enseña (lo que se enseña que es el ámbito) y alguien a quien se enseña (el que aprende, el sujeto receptor).

En el caso de la autoridad, ésta se define como “la relación ternaria que se establece entre un portador M (el que manda), un sujeto S (el receptor o paciente, el que obedece), en un ámbito o campo determinado @ (que está constituido por todas las actividades reales o conjunto de órdenes que regulan estas actividades reales, por ejemplo, las leyes, el saber, los códigos que regulan las relaciones sociales: prácticas médicas, docente, comercial, psicoanalítica, etc.)

De esta manera tenemos el siguiente esquema:

M manda @ a S.

Este esquema nos permite distinguir los conceptos de autoridad y autoritarismo. El autoritarismo está relacionado con el ámbito deontológica (poder), que se opone a la autoridad que se funda en el saber que además se sostiene dentro de un ámbito. Es así que un panadero puede ser autoridad entre panaderos, pero no serlo entre los zapateros.

Autoritario es alguien que puede e impone sus mandatos por medio de amenazas o violencia.

Expresado lo anterior, ¿hay lugar para hablar de la autoridad emanada del Pueblo? Aquí juega un importante papel la aceptación del principio de soberanía del pueblo y que consiste en aceptar la autoridad emanada del Pueblo y expresada en un contrato como lo es una Constitución. Aceptar la autoridad de la Constitución es aceptar la verdad de las proposiciones contenidas en ella. El reconocimiento de una proposición es un acto humano y un acto de creencia.

Es importante señalar que debe tomarse en cuenta a la autoridad fundamentalmente como relación (R), y secundariamente como propiedad (P).

En esta reflexión hemos establecido que la autoridad está definida como “la relación ternaria que se establece entre un portador (M), un sujeto colectivo (S) en un ámbito determinado (@)” y hemos diferenciado entre autoridad y autoritarismo. Se acepta la autoridad de alguien por lo que sabe por poseer fundamentos. El autoritario es quién se encuentra en un lugar que le permite mandar aún si no tiene principios o fundamentos.

Para concluir, una autoridad es quien promueve una aceptación racional de las proposiciones que formula dentro de su ámbito. Las condiciones de una autoridad son que el portador sea competente en su ámbito y que siempre se maneje con la verdad para los creyentes de esas proposiciones.

 

robledomeza@yahoo.com.mx

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jueves, 23 de marzo de 2023

La locura de la justicia.

La locura de la justicia.

José Antonio Robledo y Meza

 

“Adiós abogado sin título”,

“Adiós título sin abogado”.

 

¿Qué clase de locura es aspirar a la justicia?

La justicia es una locura -algunos le llaman “utopía”- que recorre las páginas de la magna obra de Cervantes. Para responder a la pregunta formulada acudiremos a las opiniones, consejos, comentarios y sentencias de sus personajes. ¿Cuál es el concepto de justicia que Don Quijote tiene?

La Nueva República propuesta por la 4T, es un ejemplo de un mundo posible; será como lo dice Don Quijote en su discurso sobre las armas y las letras: “No hablo ahora de las letras divinas (que tienen por blanco llevar y encaminar las almas al cielo, que a un fin tan sin fin como este ningún otro se le puede igualar), hablo de las letras humanas, cuyo fin y paradero es entender y hacer que las buenas leyes se guarden, quiero decir, poner en su punto la justicia distributiva y dar a cada uno lo que es suyo (I, 37).

Al igual que Don Quijote los hacedores de historia tienen por misión eliminar los "abusivos" privilegios existentes. En donde Cervantes muestra su postura con respecto a la justicia, es en el memorable capítulo XLII de su segunda parte donde se plasman una serie de valores universales, piedras angulares de la Justicia, tales como: “imparcialidad, libertad, independencia para juzgar y equidad”.

Hoy día, algunos reprocharán a Cervantes no tener estudios académicos de derecho; otros le recriminarán el tener antecedentes penales ya que fue huésped de una de las cárceles de su tiempo. “Algo” debió haber aprendido de derecho puesto que su abuelo Juan de Cervantes - nacido en Córdoba en 1470- fue jurista. Sea como fuere, Cervantes, vía el caballero andante es un ejemplo de humanista ilustrado, y de tener un ferviente deseo de construir un mundo mejor… ¡una quijotada!

Veamos parte de esta locura a través de algunos consejos que el heroico caballero da a su escudero Sancho cuando es nombrado gobernador de la Ínsula Barataria.

“Hallen en ti más compasión las lágrimas del pobre, pero no más justicia que las informaciones del rico.”

“Procura descubrir la verdad por entre las promesas y dádivas del rico como por entre los sollozos e importunidades del pobre.”

“Cuando pudiere y debiere tener lugar la equidad, no cargues todo el rigor de la ley al delincuente, que no es mejor la fama del juez riguroso que la del compasivo.

“Si acaso doblas la vara de la justicia, no sea con el peso del soborno, sino con el de la misericordia (…) y en todo cuanto esté de tu parte, sin hacer agravio a la contraria, muéstratele piadoso y clemente, porque, aunque los atributos de Dios son todos iguales, más resplandece y campea a nuestro modo de ver el de la misericordia que el de la justicia”.

“Cuando te sucediese juzgar algún pleito de algún enemigo, aparta las mientes de tu injuria y ponlas en la verdad del caso.”

“Al que has de castigar con obras no trates mal con palabras, pues le basta al desdichado la pena del suplicio, sin la añadidura de las malas razones”.

“Nunca te guíes por la ley del encaje, que suele tener mucha cabida con los ignorantes que presumen de agudos.”

Estos consejos son acerca de cómo debería Sancho conducirse a la hora de juzgar, de practicar una justicia que se precie por su equidad. Una justicia garante de los derechos fundamentales de los ciudadanos no solo en su formulación, sino también en su aplicación.

Los consejos del Quijote a Sancho resultaban una verdadera locura, pero pasados los años gozan, junto a la libertad y a la igualdad, de la consideración de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que en su Artículo 1o. señala:

“En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.

A pesar de todo, la justicia avanzó, avanza y avanzará, ¡¡¡Una Quijotada!!!

 

robledomeza@yahoo.com.mx

tel: 2223703233

 

miércoles, 6 de noviembre de 2019

La presencia del Quijote en la 4T. La locura de la justicia.

La presencia del Quijote en la 4T.
La locura de la justicia.

José Antonio Robledo y Meza
Colegio de Filosofía, FFyL-BUAP
tel: 2223703233
Para don Miguel Barbosa Huerta
Gobernador de Puebla 2019-2024


En el diálogo los personajes se escuchan y comprenden, don Quijote se sanchifica y Sancho Panza se quijotiza.

El PS como base, la Nueva República como fin y la 4T como medio. Se trata de hacer Historia.

Comenzaré este ensayo echando abajo el argumento del remedio de la injusticia.

En la pequeñísima parte del Universo que conocemos hay gran injusticia; con frecuencia sufre el bueno y prospera el malo.

Supongamos que se tiene un cajón de naranjas, y que al abrirlas la capa superior resulta mala; uno no dice: “las de abajo estarán buenas en compensación”;más bien diríamos: “probablemente todas son malas”; y esto es lo que cualquier persona diría del Universo: “en este mundo hay gran cantidad de injusticia y esto esuna razón para suponer que la justicia no rige en el Universo”.

Muchos suponen que frente a la injusticia en la Tierra hay -para compensar- una justicia en una vida futura. Si se mira el asunto desde un punto de vista científico, se diría: “después de todo, yo sólo conozco este mundo. No conozco el resto del universo, pero, basándome en probabilidades, puedo decir que este mundo es un buen ejemplo, y que si hay injusticia aquí, lo probable es que también haya injusticia en otra parte”.

Claro que sé que la clase de argumentos de los que he hablado no son realmente los que mueven a la gente. Lo que realmente hace que la gente crea no son los argumentos. La mayoría de la gente cree en esto y aquello porque les han enseñado a creer desde su infancia, y esa es la razón principal. Luego, creo que la razón más poderosa e inmediata después de la mencionada anteriormente es el deseo de seguridad, la sensación de que hay un hermano mayor que cuidará de uno. Esto desempeña un papel muy profundo en provocar el deseo de la gente de creer en la justicia divina.

La justicia o injusticia social son el resultado de las relaciones humanas. Somos los humanos los únicos que podemos responder de ello.

Ahora hablemos de la presencia de la justicia en la 4T como un proceso intencional humano definido por el objetivo de construir una Nueva República.

El signo 4T se refiere a la una visión que tiene la sociedad sobre su futuro arraigados a su historia. Parte de esta historia la encontramos en la racionalidad de El Quijote de la Mancha. Hacer de la justicia la trama de la 4T tiene que ver con la locura de Don Quijote asociada a la isla Barataria y ahora a México.

Advierto que esta reflexión es filosófica. Su función no es producir resultados firmes y dignos de confianza como lo puede hacer la ciencia en sus mejores momentos. Se trata de producir una nueva manera de “ver” las cosas, de pensar en ellas, de formular las preguntas más significativas, y de ver qué es lo importante y por qué. A menudo la forma de una propuesta filosófica es: probemos buscar por acá.

Para ensayar una nueva manera de “ver” es necesario partir de preguntas inéditas. Es así que, se formularemos preguntas que asocien los decires de Don Quijote en torno a la justicia, en el intento de caminar sobre la 4T hacia una Nueva República donde la justicia sea cosa ordinaria.

¿Qué clase de locura es aspirar a la justicia?

La justicia es una locura -algunos le llaman “ideal”-que recorre las páginas de la magna obra de Cervantes. Para responder a la pregunta formulada acudiremos a las opiniones, consejos, comentarios y sentencias de sus personajes. ¿Cuál es el concepto de justicia que Don Quijote tiene?

La Nueva República, como ejemplo de un mundo posible, será como lo dice Don Quijote en su discurso sobre las armas y las letras:

“No hablo ahora de las letras divinas (que tienen por blanco llevar y encaminar las almas al cielo, que a un fin tan sin fin como este ningún otro se le puede igualar), hablo de las letras humanas, cuyo fin y paradero es entender y hacer que las buenas leyes se guarden, quiero decir, poner en su punto la justicia distributiva y dar a cada uno lo que es suyo” (I, 37).

Al igual que Don Quijote los hacedores de historia tienen por misión eliminar los "abusivos" privilegios existentes.

En donde Cervantes muestra su postura con respecto a la justicia es en el memorable capítulo XLII de su segunda parte donde se plasman una serie de valores universales, piedras angulares de la Justicia, tales como: “imparcialidad, libertad, independencia para juzgar y equidad”.


Portada de la primera edición de la Segunda parte del ingenioso caballero don Quijote de la Mancha, Madrid, Juan de la Cuesta, 1615.

Hoy día algunos especialistas reprocharán a Cervantes no tener estudios académicos de Derecho; otros le recriminarán el tener antecedentes penales ya que fue huésped de una de las cárceles de su tiempo. Sin embargo “algo” debió haber aprendido de derecho puesto que su abuelo Juan de Cervantes, nacido en Córdoba en 1470, fue jurista.

Sea como fuere, Cervantes, vía el caballero andante es un ejemplo de humanista ilustrado, y de tener un ferviente deseo de construir un mundo mejor… ¡una locura!

Veamos parte de esta locura a través de algunos consejos que el heroico caballero da a su escudero Sancho cuando es nombrado gobernador de la Ínsula Barataria.

“Hallen en ti más compasión las lágrimas del pobre, pero no más justicia que las informaciones del rico.”

“Procura descubrir la verdad por entre las promesas y dádivas del rico como por entre los sollozos e importunidades del pobre.”

“Cuando pudiere y debiere tener lugar la equidad, no cargues todo el rigor de la ley al delincuente, que no es mejor la fama del juez riguroso que la del compasivo.

“Si acaso doblas la vara de la justicia, no sea con el peso del soborno, sino con el de la misericordia (…) y en todo cuanto esté de tu parte, sin hacer agravio a la contraria, muéstratele piadoso y clemente, porque aunque los atributos de Dios son todos iguales, más resplandece y campea a nuestro modo de ver el de la misericordia que el de la justicia”.

“Cuando te sucediese juzgar algún pleito de algún enemigo, aparta las mientes de tu injuria y ponlas en la verdad del caso.”

“Al que has de castigar con obras no trates mal con palabras, pues le basta al desdichado la pena del suplicio, sin la añadidura de las malas razones”.

“Nunca te guíes por la ley del encaje, que suele tener mucha cabida con los ignorantes que presumen de agudos.”


Estos consejos son acerca de cómo debería Sancho conducirse a la hora de juzgar, de practicar una justicia que se precie por su equidad. Una justicia garante de los derechos fundamentales de los ciudadanos no solo en su formulación, sino también en su aplicación.


Primera edición de la segunda parte

Los consejos del Quijote a Sancho resultaban una verdadera locura, pero pasados los años gozan, junto a la libertad y a la igualdad, de la consideración de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que en su Artículo 1o. señala:

“En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.
Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.
Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.
Está prohibida la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos. Los esclavos del extranjero que entren al territorio nacional alcanzarán, por este solo hecho, su libertad y la protección de las leyes. Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.”

Tanto la obra de Cervantes como en nuestra Constitución están plasmados de valores universales.Estos valores universales se reiteran en el artículo 3º que establece que la educación se llevará a cabo de conformidad con los fines y en concordancia con el enfoque de derechos humanos, la igualdad sustantiva y de respeto irrestricto a la dignidad de las personas, así como del carácter obligatorio, universal, inclusivo, intercultural, integral, público, gratuito, de excelencia y laico para lograr la mejora continua de las personas.

Es en la 4T que se conjuntan el pasado registrado en El Quijote con tres momentos clave de la historia de México lo que da una visión de largo aliento al intento de construcción en México de una sociedad mejor. La Independencia (1810-1821) donde igualmente se luchó por la Justicia y la Libertad; la Reforma (1858-1861) donde además de separar a la Iglesia del Estado se luchó por la República y la Justicia; la Revolución (1910-1917) que impulsó la promulgación de la Constitución que rige actualmente en México y como consecuencia de la lucha por la Tierra y la Justicia.

Hoy día la demanda es situar la intencionalidad a un nivel superior. El pueblo mexicano quiere que la 4T conlleve un cambio profundo para el paísde manera pacífica. Son la Paz y la Justicia los valores a destacar.

Se plantea la reconciliación nacional como objetivo pero ésta solo será posible si se acompaña con acciones justas, tanto individuales como colectivas. La violencia es el principal obstáculo a vencer.

De esta manera la 4T será un permanente camino de trasformaciones Democráticas, Pacíficas, Justas. Con estas ideas debe producirse la Conciliación y la Fraternidad.Construir el futuro de México sin exclusiones tiene que ver con convertir a la justicia como medio y fin.

A esto se nos convocó el pasado 1 de julio del 2018 y la mayoría definió la intencionalidad del sistema político-cultural mexicano. Se optó por un nuevo proyecto de Nación. Se nos invitó y aceptamos construir una Nueva República, construyendo un camino llamado 4T. Optamos por construir de manera racional nuestro futuro. Optamos por convertir al sistema político-cultural mexicano en un sistema Intencional caracterizado en los términos de las creencias, deseos e intenciones de los mexicanos concebidos como agentes racionales para alcanzar una Nueva República. Es de todos los mexicanos la responsabilidad de construir el camino denominado 4T.

Estas creencias y deseos de los mexicanos que están marcados por su historia y habrá que socializarlas cotidianamente. Los mexicanos debemos reiterar que nos hemos invitado a trabajar crítica y creativamente para construir una Nueva República. ¡Toda una locura! ¡Una real empresa quijotesca!

Como colofón traemos las palabras que Sancho dirige primero al Doctor Pedro Recio de Agüero, médico de la ínsula de Barataria, y natural de Tirteafuera (Ciudad Real) y después a los duques, al dejar la ínsula de Barataria:

“–Mirad, señor doctor, de aquí en adelante no os molestéis en darme de comer cosas regaladas ni manjares exquisitos, porque será sacar de sus quicios a mi estómago, que está acostumbrado a cabra, vaca, tocino, cecina, nabos y cebollas, y si acaso le dan otros manjares de palacio, los recibe con melindre y algunas veces con asco. Lo que el maestresala puede hacer es traerme estas que llaman ollas podridas, que mientras más podridas son mejor huelen, y en ellas puede embaular y encerrar todo lo que él quiera, siendo de comer, que yo se lo agradeceré y se lo pagaré algún día; y no se burle nadie de mí, porque o somos o no somos: vivamos todos y comamos en paz y compañía, pues cuando Dios amanece, amanece para todos.
Yo gobernaré esta ínsula sin perdonar derecho ni llevar cohecho, y todo el mundo traiga el ojo alerta y mire por lo suyo, porque les hago saber que el diablo está en Cantillana, como suele decirse, y lo ve todo, y si me dan ocasión van a ver maravillas, y haceos miel, y os comerán las moscas” (II, 49).


“–Yo, señores, porque lo quiso así vuestra grandeza, sin ningún merecimiento mío, fui a gobernar vuestra ínsula Barataria, en la que entré desnudo, y desnudo me hallo: ni pierdo ni gano. Si he gobernado bien o mal, testigos he tenido delante, que dirán lo que quieran” (II, 55).


Lámina de la edición de Joaquín Ibarra de 1780 para la RAE. Dibujo de José del Castillo y grabado de Manuel Salvador Carmona.


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