sábado, 23 de octubre de 2021

La BUAP a contracorriente.

La BUAP a contracorriente.

Mtro. José Antonio Robledo y Meza
Colegio de Filosofía, FFyL-BUAP

 

El 16 de septiembre de 1867 Gabino Barreda Flores pronunció en Guanajuato su famosa Oración Cívica. En el último párrafo señala: “Que en lo sucesivo una plena libertad de conciencia, una absoluta libertad de exposición y de discusión, dando espacio a todas las ideas y campo a todas las inspiraciones, deje esparcir la luz por todas partes y haga innecesaria e imposible toda conmoción que no sea puramente espiritual, toda revolución que no sea meramente intelectual. Que el orden material, conservado a todo trance por los gobernantes y respetado por los gobernados, sea el garante cierto y el modo seguro de caminar siempre por el sendero florido del progreso y de la civilización.”

Nótese que el orden que reivindica Barreda es un orden que cancelaba la acción militar y del partido a ella asociado que era el del Partido Progresista encabezado por Porfirio Díaz. El nuevo partido, el Partido Liberal, encabezado por Juárez era el que se comprometía para transitar por el camino de la deliberación racional y la negociación política en un ambiente de ilustración científica.

En las elecciones del 2018 el pueblo histórico mexicano decidió marchar por el camino de la revolución intelectual (compromiso del fundador de la vigente república en México) y modificar las relaciones políticas existentes. 

Tres ideas fuerza –en realidad concepciones filosóficas- guiaron la decisión: una fundamentada metafísicamente, la otra apoyada éticamente y la tercera derivada de los compromisos políticos históricos y los hechos en campaña por el actual Ejecutivo. Veamos brevemente cada una de ellas:

1) Pueblo Soberano. Es una concepción general e hipotética (metafísica) de la naturaleza del hombre y de la sociedad, que prescinde de toda verificación empírica y de toda prueba histórica. Esta concepción es un presupuesto del actual Estado mexicano que sirve para establecer los límites del poder.

2) Nueva República. Es una concepción general e hipotética de una sociedad futura (ética-intencional) y sirve para establecer los límites del poder y caminar hacia la construcción de una Nación.

3) Cuarta Transformación. Es la concreción política de la metafísica y la ética derivada del principio Pueblo Soberano y la intencionalidad de construir una Nueva República. La Cuarta Transformación es el nombre que guía a los ciudadanos en las contingencias de la vida cotidiana.

La Constitución es el contrato donde queda expresado tanto el principio como la intencionalidad mencionados anteriormente. Es en la Constitución donde el Estado es visto bajo una nueva perspectiva, desde los intereses, necesidades y deseos de las personas. Es un avance revolucionario (copernicano) porque se ha sustituido la violencia de las armas por el intercambio de argumentos. El método socrático de la discusión es parte esencial de la Cuarta Transformación.

Las reformas constitucionales han modificado la ecuación del poder político en México. En forma esquemática la ecuación es A = B, donde  

A = es el agende que manda (el Pueblo).

B = es el paciente que obedece (el Pueblo).

Esto queda expresado de la siguiente forma lógica:

A ßà B (se lee A si y solo si B)

Que significa tres cosas:

1) Si el Pueblo manda, entonces el pueblo obedece.

2) Si el pueblo obedece es porque el Pueblo manda.

3) Si el Pueblo manda, entonces el pueblo obedece y si el pueblo obedece es porque el Pueblo manda.

De lo anterior se deriva que: a) las personas tienen derechos que no dependen de quien encabece una institución; b) el que encabeza una institución tiene como función principal el permitir el desarrollo máximo de estos derechos. Los derechos están contenidos explícitamente en la Constitución que es la voz del Pueblo para el pueblo.

De esta manera el poder político será legítimo si se cumplen dos condiciones: a) si se basa en el consenso de las personas sobre las cuales se ejerce; b) en el acuerdo entre quienes deciden obedecer (el pueblo histórico) a una autoridad superior (el Pueblo Soberano) y las personas a las que este poder es confiado: el Ejecutivo y el Legislativo. De aquí la importancia del cumplimiento de lo establecido en la Constitución y las leyes que de ella se deriven, incluida la revocación del mandato.

Se revocará el mandato a quienes no respeten lo establecido en la Constitución, los derechos fundamentales que son lo que todas las personas indistintamente tienen por definición, sin importar la voluntad de unos cuantos.

En México atribuir a alguien un derecho significa, entre otras cosas el poder de resistir contra cualquier transgresor eventual de lo establecido en la Constitución y de las leyes que se derivan de ella.

Esto último es lo que hacemos quienes objetamos el proceso ilegal que llevó a una persona a ocupar la rectoría de la BUAP.

Puebla, Pue. Paseo de las Fuentes

 

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