domingo, 29 de agosto de 2021

Razones por las cuales no participé. En defensa de la autonomía universitaria. Argumentos jurídicos.

 Razones por las cuales no participé.
En defensa de la autonomía universitaria. Argumentos jurídicos.

C. Mtro. José Antonio Robledo y Meza
Colegio de Filosofía, FFyL-BUAP
robledomeza@yahoo.com.mx
cel: 2223703233

 

La pérdida de la autonomía universitaria. Ese será el legado de los usurpadores y golpistas y así se les recordará.

 

Argumentos por los que tuve que postergar mis deseos de participar en el proceso de elección por la Presidencia del Consejo Universitario de la BUAP. 

En otros lugares he manifestado mis argumentos para rechazar la convocatoria y, por lo tanto, ahora no los repetiré.

Primer argumento: la autonomía universitaria en la Constitución y su contexto educativo.

Artículo 3o. “Toda persona tiene derecho a la educación”. (…) “La educación se basará en el respeto irrestricto de la dignidad de las personas, con un enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva. Tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria, el respeto a todos los derechos, las libertades, la cultura de paz y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia; promoverá la honestidad, los valores y la mejora continua del proceso de enseñanza aprendizaje.”

La convocatoria emitida el día 18 de agosto de 2021 viola el derecho a la educación porque no respeta de manera irrestricta la dignidad de las personas que conforman la comunidad universitaria, no fomenta el respeto a todos los derechos y no promueve la honestidad, los valores y la mejora continua del proceso de enseñanza aprendizaje.”

El inciso VII de este mismo artículo Constitucional establece que “Las universidades y las demás instituciones de educación superior a las que la ley otorgue autonomía, tendrán la facultad y la responsabilidad de gobernarse a sí mismas; realizarán sus fines de educar, investigar y difundir la cultura de acuerdo con los principios de este artículo (…) fijarán los términos de ingreso, promoción y permanencia de su personal académico; y administrarán su patrimonio.”

La autonomía está vinculada de manera categórica a dos funciones a) la facultad y b) responsabilidad de gobernarse a sí mismas.

De esta manera el Gobierno es el principal pilar de la máxima autoridad de la BUAP como lo es el Consejo Universitario quien tiene la responsabilidad de dirigir, controlar y administrar sus recursos humanos y materiales. El Consejo Universitario está formado por un presidente y 218 consejeros (86 representantes de los estudiantes,   86 representantes de los profesores, 3 representantes de los trabajadores administrativos y 43 directivos) al que la Constitución -norma fundamental del Estado Mexicano- atribuye determinadas funciones y definiciones formales que comprenden el conjunto de intereses vitales para ejercitar y defender a través de los objetivos nacionales permanentes; estos son las pautas o normas de conducta inalterables en el arte de gobernar. Una de esas normas es respetar la propia ley, estatuto y reglamentos que se identifican con los objetivos nacionales actuales cualquiera que sea la orientación ideológica y filosófica del gobernante en turno.

Segundo argumento. Las normas universitarias.

El Honorable Consejo Universitario, de acuerdo a la Legislación Universitaria, es la máxima autoridad de la Institución y tiene como facultades exclusivas las siguientes (Art. 14 de la Ley de la BUAP):

i. Formular y aprobar el Estatuto de la Universidad;

ii. Expedir su propio Reglamento y toda clase de Reglamentos y disposiciones encaminados a regular la organización y funcionamiento de la Universidad;

(…)

v. Nombrar al Rector, previa auscultación de la comunidad universitaria, en los términos que fije el Estatuto; y conocer de su renuncia o proceder a removerlo por causa grave.

Se considera como tal:

e. Violar la presente Ley, el Estatuto y sus Reglamentos;

El Rector violó la normativa universitaria al no emitir la convocatoria para renovar al CU lo que condujo de facto a la desaparición de éste y al conflicto ahora existente.

El estado actual al interior de la BUAP es la pérdida de la máxima autoridad en la BUAP por la violación de las normas cometida por su Presidente.

El actual estado de cosas es ilegal y, por lo tanto, no válido. Quién salga supuestamente electo carecerá de la fuerza de la ley.

¿Qué autoridad tendrá frente a las otras autoridades con las que tenga que relacionarse?

La autonomía universitaria se habrá perdido. Ese será el legado de los usurpadores y golpistas y así se les recordará.

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