¿Transformar
al Instituto Electoral (INE) por el Instituto Nacional de Elecciones y
Consultas (INEC) es antidemocrático?
José Antonio
Robledo y Meza
Partamos del acuerdo básico y fundamental de aceptar la soberanía de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Nadie de los involucrados en el debate en torno a la reforma constitucional en materia electoral ha negado la autoridad de la Constitución, incluyendo a los Obispos Católicos de México de la Conferencia del Episcopado Mexicano (CEM) tal y como lo manifiestan en su “Mensaje al pueblo de México sobre la iniciativa de una reforma constitucional en materia electoral” del 31 de octubre del año 2022.
Siendo esto así, partamos de lo que mandata la Constitución en los artículos 39 y 40 del Capítulo I, De la Soberanía Nacional y de la Forma de Gobierno:
Artículo 39. La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno.
Artículo 40. Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica y federal…
El debate en torno a la reforma constitucional en materia electoral propuesta por el ejecutivo federal incluye la trasformación del Instituto Electoral (INE) en el Instituto Nacional de Elecciones y Consultas (INEC), y se ha afirmado que dicha propuesta es antidemocrática, entonces es importante explicitar que entendemos por democracia para poder definirnos.
Para cualquier decisión política es necesario partir del horizonte de la integridad de nuestro país. Si esto es así, entonces, iniciemos por donde iniciemos nuestras argumentaciones políticas, nuestras preocupaciones ciudadanas, siempre desembocarán en el problema fundamental del país: la soberanía, la preservación de la integridad nacional. Y el punto de partida es la irrenunciable defensa de ese rasgo del Estado que establece que la fuente de la soberanía, es el pueblo. Nuestra frágil democracia se arma a partir del Artículo 39 constitucional. Un pueblo soberano no puede ser un pueblo excluido. Un país soberano no puede ser un país excluyente. igualdad, equidad y soberanía son una triada indisoluble de la soberanía del pueblo y que está expresada en el artículo 40 “Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica y federal…”
Sólo es democrática la acción, la relación, la actividad, la organización o propuesta que preserve y cultive la equidad, la igualdad de trato, el respeto a la integridad cultural, emocional y física de las personas. Trasladado al plano político más amplio, lo anterior significa la integridad territorial, cultural, social, económica y política de los pueblos, dentro y fuera de nuestras fronteras nacionales. En última instancia, el término “pueblo” alude a todas las personas, de todas las épocas.
¿La trasformación del INE en INEC atenta o retrasa contra estas aspiraciones democráticas? ¿Atenta contra la equidad, la igualdad de trato, el respeto a la integridad cultural, emocional y física de las personas? La respuesta es NO. Por el contrario, es un avance al integrar las consultas ciudadanas. Y no solo por ello. Es una propuesta abierta a la discusión de los ciudadanos y para ser considerada en los debates de los poderes legislativo y judicial.
Es importante destacar que la propuesta de reforma electoral se conjunta a la lucha en contra de todas las asimetrías que producen la desigualdad de trato (pobreza endémica y creciente, condiciones de vida infrahumanas, explotación, sometimiento, sujeción, esclavitud, abuso). Reconocemos que tales asimetrías no se resolverán con la búsqueda del mínimo que nos iguale (salario, satisfactores, derechos básicos o reconocimiento de necesidades básicas o elementales). Esta desigualdad de trato podrá reducirse luchando por la igualdad de trato en materia electoral. Los frentes de lucha por la igualdad de trato no solo deben darse en la dimensión económica sino también en las dimensiones política y cultural.
Avanzar en la igualdad de trato es avanzar en el sentido de lo mandatado en el Artículo 1o. constitucional: “En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.”
Conclusión: transformar
al Instituto Electoral (INE) por el Instituto Nacional de Elecciones y
Consultas (INEC) no es una propuesta en contra de la equidad, la igualdad de
trato, el respeto a la integridad cultural, emocional y física de las
personas. Transformar al INE en INEC no es una propuesta antidemocrática.
WA:
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